martes, 9 de mayo de 2023

¿QUÉ HAY DE NUEVO SOBRE LOS SATÉLITES EN LA RESOLUCIÓN 77?

 

Por Raúl González Peña (CO6XDX)

 En los últimos días un gran amigo y colega de la radio, sanamente, me señaló que debíamos cambiar un poco la tónica de los comentarios que acá se estaban haciendo sobre la Resolución 77, pues según él, le hemos dedicado demasiado tiempo y energía a analizar cuestiones que no tienen mucho que ver con la técnica. Y tengo que reconocer que tienen mucho de ciertas sus observaciones. Así que en lo sucesivo le dedicaremos un poco de nuestro tiempo a analizar los aspectos técnicos contenidos en el nuevo Reglamento del Servicio de Radioaficionados de Cuba.

Estamos seguros de que muchos de los comentarios que se ofrecerán a continuación estarán un tanto alejados de las actividades cotidianas de la Radioafición que hacemos, porque no todos los radioaficionados son activos conocedores o practicantes de las comunicaciones satelitales. No obstante, le estaremos dedicando unas líneas de reflexión a esta temática, pues resultan muy interesantes las regulaciones que sobre este asunto se establecen en la nueva Resolución. Además, puede que estas líneas se conviertan en una motivación adicional para adentrarnos en el apasionante mundo de las comunicaciones satelitales. Si esto se hace realidad, pues habrá valido la pena el esfuerzo.

Veamos inicialmente que nos deja ver el artículo 39.2 sobre las estaciones que realizan comunicados por satélites.

Las estaciones cuyo objetivo principal sea la comunicación con satélites de radio­aficionados, son consideradas como estaciones terrenas y requieren estar incluido en su licencia de operación.

Aquí aparece explícitamente definido los términos de “objetivo principal”, pero quien conoce la Radioafición cubana sabe perfectamente que muy pocos radioaficionados pueden darse el lujo de tener un equipo de radio expresamente para realizar comunicaciones por satélite. De tal modo, este articulado está por gusto, pues es en extremo improbable que alguien pueda declarar su radio como estación terrena. Para clarificar este asunto podemos utilizar algunos ejemplos:

 

Suponga que usted emplea un radio de 2m para comunicarse en el repetidor de su localidad, pero también lo utiliza como Rx para recibir imágenes de la Estación Espacial Internacional. En este caso no le será factible declararlo como estación terrena, porque lo está usando indistintamente en dos actividades diferentes, y una de ellas nada tiene que ver con las comunicaciones satelitales.

 

Un caso similar pudiera sucederle con su equipo de HF, el que emplea tanto para comunicados en 40 m, para realizar FT8 o como estación para comunicaciones por satélites, vea que en estos casos y otros muchos no se podrá declarar su estación como terrena, porque usted solo tiene un radio y lo utiliza para la mayor cantidad de operaciones posibles. Esta es la realidad de la mayoría de los radioaficionados cubanos.

 

Ahora veamos otra situación, suponga que su radio de 2m sufre un desperfecto y se le impide la comunicación en VHF, sin embargo, usted tiene una estación terrena que potencialmente puede ser utilizada en estas frecuencias. ¿Qué haría usted en este caso?

 

Mire, la resolución le impide utilizar este radio en 2m, porque no está en su licencia de operaciones habilitada para su empleo. En fin, que esto de colocar este artículo es un gran absurdo y una invitación a violar lo dispuesto cuando tenga la necesidad de utilizar una estación definida como terrena en otras funciones para las que no ha sido legalizada.

 

Sigamos analizando las normativas absurdas contenidas en lo que tiene que ver con las comunicaciones satelitales en la Resolución 77. En este documento se define qué Para operar satélites el ángulo de elevación tiene que ser superior a 25°. Esto solo pudo ser recomendado por alguien que jamás ha hecho comunicaciones por satélite, porque de lo contrario sabría, que utilizando un ángulo superior a 25 grados tendría una ventana muy limitada con muy pocos pases del satélite. ¿La justificación tiene que ver con la posibilidad de generar interferencias a otros servicios, pero aquí también esto queda con inconsistencias, porque se define con claridad desde el inciso que hay que utilizar más de 12dBi de antena??? Aunque se sabe de sobra, que con antenas mucho más modestas se establecen comunicaciones eficaces sin tener que afectar otros servicios.

 

Ahora donde si le han puesto la tapa al pomo es con el asunto de la potencia que se debe utilizar para los comunicados satelitales. Se define en el Reglamento una potencia mínima   de 54dBm o sea... prohibido emitir con poca potencia, es decir se está obligado a trasmitir con mucha potencia. ¿Y cómo se entiende este absurdo? Dicho de otra manera, prohibido utilizar poca potencia y poca ganancia de antena. Pero lo paradójico, es que en el artículo 119 se declara que solo hay que usar la potencia (mínima) necesaria). En buen cubano: la chiva o los 20 pesos.

 

Si a lo dicho anteriormente le sumas que únicamente podrás comunicar con el satélite cuando este se halle por encima de los 25°, donde precisamente la cercanía entre el satélite y su estación de radio genera pérdidas por distancia ínfimas, entre 6 a 10dB menores. Entonces, ¿para qué se necesita tanta potencia y tanta ganancia de antena?

 

En fin, que los artículos que se dedican a regular las comunicaciones satelitales están plagados de absurdos, lo que indica que quienes redactaron este documento tienen muy pocas nociones de este asunto o fueron asesorados de una manera muy desafortunada. Lo lamentable de todo esto, es que varios radioaficionados de muchísima experiencia han estado alertando y ofreciendo recomendaciones para resolver estas inconsistencias y contradicciones, pero sus criterios siguieron cayendo en saco roto.

sábado, 6 de mayo de 2023

¿QUÉ DE NUEVO NOS TRAE LA RESOLUCIÓN 77 SOBRE LA RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS?

 

Por: Raúl González (CO6XDx).

Hoy abordaré brevemente algunos detalles que la Resolución 77 señala en lo referido a la renovación de licencia. Y aunque en verdad tenemos infinidad de reservas con lo normado desde este documento, hay un pequeño detalle que si constituye respuesta a los reclamos de prácticamente todos los radioaficionados del país.

El asunto en cuestión queda definido en el artículo 43, allí se declara:

Artículo 43. Las licencias de operación que amparen el funcionamiento de las estaciones se otorgan por un período de cinco años; la renovación de licencia de operación de radioaficionado debe solicitarse dentro de los noventa días anteriores a la fecha de vencimiento de la licencia de operación.

Si bien eso aparecía literalmente así en la Resolución 75, nunca se llegó a aplicar porque se mantuvo vigente durante todos estos años una absurda disposición transitoria, que inhabilitaba la renovación cada cinco años, justificando esta decisión sobre un precepto técnico de incapacidad de procesar el trámite por dificultades en el software de gestión de datos de la autoridad facultada.

En fin, que hasta el día de hoy hemos tenido que renovar cada tres años, aunque se encuentra normado que esto debía haberse activado cada cinco años.

Ahora bien, ¿dónde sí que hay aspectos nuevos y lamentablemente retrógrados en el trámite para renovar las licencias de los radioaficionados?

Vayamos al artículo 46 en sus dos últimos incisos y leamos con atención lo que allí aparece:

Artículo 46. Las solicitudes para la renovación de licencias de operación de radioaficionados se presentan mediante los modelos confeccionados por la UPTCER, estas se deben presentar dentro del plazo señalado en el Artículo 43; los solicitantes tienen que cumplir con los requisitos siguientes:

e)      entrega de la recomendación técnica emitida por el Radio club que pertenece o le corresponda de acuerdo a su residencia, centro de trabajo o estudio o actividad social, expedido por su presidente; y

f)       copia actualizada de certificado de antecedentes penales.

Ya hablamos en una entrada anterior sobre la famosa Recomendación técnica”, porque a ciencia cierta, no se sabe qué es, ni bajo qué criterio de derecho puede otorgarla el Presidente de un Radio Club sin que este trámite se encuentre establecido dentro de las funciones que los Estatutos vigentes de la FRC le confieren.

Pero lo que sí es toda una novedad es el hecho que para renovar la licencia de radioaficionado se solicite una copia del certificado de antecedentes penales. ¡Otro trámite más! ¿Hasta cuándo seguirán los trámites innecesarios?

Esta situación que comenzaremos a vivir en breve me recuerda la época de los años de la década de los 70 y 80, donde hacerse radioaficionado en Cuba era tan o más complejo que viajar al exterior o que obtener una plaza para estudiar la carrera de piloto.

Solo que ahora hay algunas diferencias: estamos en el globalizado y convulso 2023, y aunque los radioaficionados no somos pilotos, sí que viajamos por todo el mundo sin visas ni restricciones arcaicas, viajamos porque nos gusta la comunicación y porque disfrutamos del valor de la amistad, utilizando para ello, nuestro tiempo y nuestros recursos, sin pedirle nada a nadie y sin esperar el maná del cielo.

 

 

viernes, 5 de mayo de 2023

CUBREN RADIOAFICIONADOS CAIBARIENENSES DEFILE POR EL DÍA INTERNACIONAL DE LOS TRABAJADORES

 


Por: Raúl González (CO6XDX)

 En la mañana de este 5 de mayo se desarrolló el desfile por el Día Internacional de los Trabajadores en Caibarién.

Parecía indicar que las inclemencias del tiempo volverían a afectar el normal desarrollo de la actividad, sin embargo, cuando rompió el alba y se inició el desfile, todo se convirtió de repente en alegría contagiosa, diversidad multicolor y gran fiesta de pueblo.

 Y allí volvimos a estar los radioaficionados caibarienenses, convencidos de su rol determinante en la organización y dinámica de este tipo de actividad. Sandy, Miguel, William, Janier, Elierky, alexey, Yoelvys, Vladimir, Ramón, Frank, Yúnior, Bernardino, y Roberto organizaron desde cada uno de los bloques la salida y el movimiento a lo largo del recorrido. Aunque todo esto no hubiera podido tener un final feliz, sin el apoyo directo que recibimos de Raúl y Mariela en la tribuna, quienes junto a Mollinea y al resto de los aspirantes del Club completaron el operativo.


 

Hoy volvimos a estar cerca de nuestro querido Manolín, no solo porque el puesto de mando del operativo se activó desde los bajos de su casa, sino porque de él aprendimos el amor infinito por la Radioafición, que se ha instalado para siempre en la vida de todos los que le seguimos y admiramos.


 

 Sin embargo, no sería justo solo mencionar en este día a Manolín, cuando hoy también hemos sentido tan de cerca la presencia de nuestro querido hermano Daniel. Él nos legó el conocimiento, las destrezas y la cultura radial para organizar y gestionar actividades de esta naturaleza.

 Acá volveremos a estar cuantas veces nos convoquen, con la alegría y la disposición de quienes conocen y disfrutan lo que hacen.

#RadioClubCaibarién